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Tres años de cárcel por agredir con una piedra y romperle la mandíbula a otro sin techo en Tenerife.




Publicado el 17/12/2023

Un varón sin techo ha sido condenado por la Audiencia Provincial de Tenerife a tres años de cárcel y a pagar 12.200 euros por agredir a otro hombre que duerme en los alrededores de la plaza de España de Santa Cruz a quien le rompió la mandíbula con una piedra.

El condenado por motivos que se desconocen, se acercó a la víctima, de nacionalidad

A causa de todo ello el hombre requirió un tratamiento médico-quirúrgico para la fijación de tres placas y debió tomar medicamentos a lo largo de tres meses, de los que cuatro días tuvieron un perjuicio personal muy grave.

Los peritos determinaron que sufre un perjuicio personal particular y acarrea secuelas físicas postraumáticas por la colocación de las placas que deberá llevar a lo largo de toda su vida, además de las consecuencias estéticas que sufre por la falta de las piezas dentales.

En el momento de la agresión al acusado le pesaba una orden de alejamiento de la víctima que le había sido notificada aquella misma mañana, por lo cual se sospecha que fue la causa del ataque.

El denunciante recordó que aquel día estaba en los alrededores de la plaza de España donde habitualmente obtiene dinero ejerciendo de aparcacoches y duerme, y dio una versión un tanto diferente a la ofrecida por el Ministerio Fiscal.

Dijo que en realidad fue objeto de dos agresiones diferentes separadas por unos cinco minutos, la primera por el ciudadano en situación de rebeldía que lo golpeó con fuerza en la mandíbula para apoderarse de su móvil y luego por el ahora condenado que lo hizo por la espalda con una piedra.

La víctima relató que la piedra no fue lanzada sino que el agresor la tenía en la mano y le golpeó con fuerza en la cara, cuando el otro atacante había abandonado el lugar cinco minutos antes.

El perjudicado identificó sin género de dudas al procesado y éste admitió que estaba en lugar pero alegó que se limitó a defenderse con una pequeña piedra porque la víctima y el otro migrante en rebeldía le habían atacado a él. Versión de los hechos a la que el tribunal asegura no darle credibilidad alguna.

Según consta en el parte médico, una ambulancia se personó en la plaza de España para atender a un varón de 53 años que estaba inconsciente y al que diagnosticaron una fractura de mandíbula, que en principio rehusó recibir asistencia y abandonó el hospital pero se personó al día siguiente ante el dolor que sufría.

En la vista, la perito certificó que el golpe requería el empleo de una fuerza muy notable con un objeto contundente y pesado, que podía corresponderse con la piedra lanzada desde cierta distancia o utilizada como martillo.

El tribunal se decantó por la segunda posibilidad, de manera que los daños causados se deberían a la cercanía del agresor y que se trató de dos agresiones diferentes de las que serían autores cada uno de los acusados.

No se demostró el cargo de robo, se tomó en cuenta que el condenado admitió que había utilizado una piedra aunque dijo que era de pequeño tamaño, pero sí se concluye que infringió la orden de alejamiento y existió una agresión sobre una persona atacada poco antes y que por lo tanto estaba especialmente desvalida.

FUENTE: INCIDENCIAS TENERIFE

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